10/20/2009

RESOLUCIÓN EN ASAMBLEA 20/10/09

"En la asamblea se ha decidido aceptar la respuesta a la contrapropuesta que nos hiciera llegar el DEM", comentaron desde el sindicato municipal.

Luego, la AOEM explicó que "se solicitará en el artículo 8 se agregue que, si bien se compromete el punto de más que tendrá nuestra Comuna en la coparticipación y que no será menor a un millón de pesos, y que se destinará íntegramente a la masa salarial, se debe agregar, 'sin perjuicio de otros ingresos que se puedan dedicar a este objetivo de la recomposición salarial'".

En otro párrafo del comunicado enviado a
Miércoles Digital, comentó que "si bien finalmente la Comuna empieza a cumplir el acta convenio de abril de este año en lo concerniente a la carrera administrativa del personal, así como también la higiene y seguridad laboral, sólo se atiende mínimamente el ítem 'recomposición salarial', y nos remontamos a los puntos 7 y 8 del presente convenio".

"Teniendo en cuenta que a un año del inicio del conflicto aún este no ha culminado ni mucho menos, pero teniendo en cuenta el contexto nacional, provincial y local hemos accedido a la firma del presente sin renunciar en lo más mínimo a la recomposición planteada, la cual según el punto 7 se seguirá debatiendo en los primeros días de noviembre, a fin de atender los justos reclamos", resaltó el gremio de trabajadores comunales.


EL NUEVO ACUERDO
En las líneas que siguen, la respuesta del Municipio a la contrapropuesta de los municipales, que estos aceptaron.

"En la ciudad de Concepción del Uruguay, a los 21 días del mes de octubre del año 2009, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, representada por el Presidente Municipal, Dn. Marcelo Fabián Bisogni, asistido por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Agustín Bordagaray; la ASOCIACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (AOEM), representada por el Secretario General, Sr. Mario Rafael Barberán, la FEDERACIÓN ENTRERRIANA DE SINDICATOS DE TRABAJADORES MUNICIPALES (Festram), representada por el Subsecretario de Asuntos Legales, Dr. César Rubén Cruz, y el MOVIMIENTO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES ESPECIALIZADOS EN SERVICIOS MUNICIPALES (Mitesm), representado por su Presidente, Sr. Néstor Telis, la ASOCIACIÓN DE PERSONAL JERARQUICO, representada por su Presidente Arq. Javier Hormaiztegui, celebran el presente acuerdo sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

Primera: El Municipio hará efectivas las recategorizaciones correspondientes al año 2008 a partir de la próxima liquidación de sueldos del corriente mes de octubre y procederá a abonar el retroactivo adeudado a los agentes recategorizados en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas a partir del próximo mes de enero. Con el cumplimiento de las recategorizaciones 2008 queda viable el análisis de la etapa 2009 en el seno del Tribunal Administrativo.

Segunda: La Asignación Familiar por Hijo se establecerá en la suma de pesos ciento treinta y cinco ($ 135). Dicho aumento será retroactivo al mes de septiembre de 2009 por lo cual el monto correspondiente al aumento de dicho mes se percibirá conjuntamente con los haberes del mes de octubre del corriente año.

Tercera: Las partes se comprometen a suscribir dentro del término de ...... (....) días de firmado el presente el convenio entre la Municipalidad y la Festram, relativo a la retención de los haberes de los empleados municipales de las sumas correspondientes a consumos efectuados por éstos a través de dicho ente sindical, implementado a través de un código de descuento de los recibos de haberes del personal.

Cuarta: La Municipalidad se compromete a convocar a la brevedad y dentro del presente año 2009, un concurso abierto para la cobertura de cinco (5) puestos de oficios especializados en los Talleres Municipales con una comunicación general para que participen de los mismos los hijos de empleados municipales interesados, con prioridad en caso de igualdad de condiciones con otros concursantes, otorgando un puntaje especial para los hijos de agentes municipales que hubieren fallecido cuando eran personal activo.

Quinta: El Municipio ratifica su compromiso de convocatoria para la cobertura de cargos vacantes estableciéndose en seis (6) la cantidad de cargos a concursar antes del fin del corriente año 2009.

Sexta: A los fines conciliatorios las partes retrotraen los efectos del conflicto suscitado al día lunes 21 de septiembre de 2009, fecha anterior a la toma de medidas directas por parte de los entes sindicales.

Séptima: Las partes acuerdan continuar con el diálogo tendiente a evaluar la situación económica-financiera actualizada en los primeros días de los meses de noviembre y diciembre del corriente año estudiando los estados de cuenta, teniendo en miras el análisis de la posibilidad de la incorporación al sueldo básico en forma total o paulatina de los 150 pesos remunerativos y no bonificables que cobra el personal como adicional.

Octava: Teniéndose presente que para el próximo año 2010 se encuentra previsto un incremento del uno por ciento del índice de la coparticipación provincial, el Municipio, en dicho supuesto y en un gesto acorde al momento de diálogo alcanzado, se compromete a que dicho aumento en la recaudación sea destinado para incrementar el sueldo básico del personal.

Novena: El DEM se compromete a reiterar el pedido al HCD de urgente tratamiento de las reformas de las ordenanzas 2959, 5833 y de escala salarial como así también la sanción de la ordenanza de creación de la Comisión de Higiene y Seguridad Laboral.

Décima: Se deja expresamente establecido que el presente convenio se elevará el HCD para su ratificación.

En prueba de conformidad con lo acordado se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento del presente".

  • Fuente: Miercoles Digital y AOEM

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