7/25/2009

COMUNICADO AOEM

LA CD DIRECTIVA COMUNICA A SUS AFILIADOS QUE EL LUNES , MIERCOLES Y VIERNES DE 10 A 12 HS Y EN LA SEDE DE LA AOEM, DIRECTIVOS DEL BANCO BERSA ATENDERAN A LOS EMP. MUNICIPALES INTERESADOS EN SOLICITAR LA NUEVA LINEA DE CREDITO QUE EL GREMIO CONSIGUIO.
ESTA ATENCION SERA PERSONALIZADA. SE SUGIERE LLEVAR COPIAS DE DNI -RECIBO DE SUELDO Y UN SERVICIO PARA ADELANTAR EL TRAMITE (estar precalificado para el mismo)

POR OTRO LADO SE HACE SABER QUE EL RECIENTEMENTE CONFORMADO CENTRO DE JUBILADOS MUNICIPALES A CARGO DE JUAN RODRIGUEZ ( 15488357 )INAUGURO UN NUEVO LOCAL SITO EN CALLE 14 DE JULIO 439. ATENDERAN MARTES Y VIERNES DE 16 A 19 HS.

PARA EL VIERNES 31 SE REALIZARA UN PLENARIO DE LA FESTRAM CON TEMAS VARIOS A TRATAR. SE DESTACAN LA SITUACION DE C. DELU.-CONCORDIA Y GUALEGUAYCHU.

POR ULTIMO SE ESPERA CON EXPETACTIVA LA REALIZACION DE LA PARITARIA PARA EL PRÓXIMO LUNES A LAS 18 hs, EN EL CENTRO CÍVICO.

7/21/2009

SE VIENEN MÁS CONFLICTOS


Mario Barberán: “Si no cambian el manejo esto se va de las manos”
[21/07 | 06:00] Se queja de que sin aviso cortaron con las reuniones de paritarias. Dice que esperará esta semana hasta que le den respuestas, caso contrario deberán tomar medidas.


En los ámbitos de la Asociación de Obreros y Empleados Municipales de Concepción del Uruguay (Aoem) están preocupados porque en la jornada de este lunes esperaban retomar la cadena de diálogo que venían sosteniendo con el Gobierno local, antes de que se decretase la emergencia sanitaria. Los que más los alerta es que no fueron avisados de esa decisión. No descartan medidas de fuerza a mediano o corto plazo si no tienen respuestas satisfactorias.

Los estatales querían seguir discutiendo lo referido a la paritaria salarial y avanzar en lo que pactaron el 14 de abril pasado, que incluso sirvió para dar por finalizada la serie de conflictos que venían sosteniendo durante meses, con paros y movilizaciones incluídos.

Sin aviso
Según dijo a La Prensa Federal el titular de la Aoem, Mario Barberán, tanto ellos como desde la Unión de Organizaciones Municipales, esperaban con expectativas “para retomar el diálogo a través de la paritaria, pero sin motivo alguno, de la parte del Departamento Ejecutivo Municipal como del Concejo Deliberante no contestaron a la convocatoria”, aunque aclaró que hubo excepciones como “las áreas de Hacienda y de Coordinación General que se excusaron de participar”.

El gremialista reiteró que exigirán Presidente Municipal la reunión con urgencia para la presente semana “ya que son varios los puntos a tratar y resolver de acuerdo a acta firmada el 14 de abril de este año”. En ese sentido adelantó que “si no hay cambio de rumbos en las políticas de Gobierno, esto se puede ir de las manos”.
Además explicó que ayer hubo una reunión de Gabinete municipal que se extendió por varias horas, “tal vez por eso no nos atendieron”. Se especula que en esa reunión se trataron temas muy fuertes de la gestión y que tendrán repercusión al corto y mediano plazo.

Con el Bersa
Los sindicalistas también adelantaron que hoy los directivos del banco Bersa se reunirán en la sede de la Aoem con los gremialistas a fin de establecer criterios de acuerdo a la nueva línea de créditos para los empleados municipales.

Sin prevención
En otro orden aclararon que, salvo en la salita del geriátrico, las áreas sensibles de la municipalidad “han trabajado con cierta normalidad atento a las exigencias de higiene y bioseguridad para todos”, ante esto Barberán se quejó que a los municipales no les entregaron los elementos de prevención para la Gripe A, como ser alcohol en gel y que ellos mismos tuvieron que proveerse de ese material.

Actividades
Para este jueves está previsto que se realice la reunión de Gabinete Psicológico en el Sindicato de 17 a 19, mientras que si no surgen novedades de otra índole, el sábado podrían retomar los talleres de cursos de capacitación.

7/14/2009

DESOPILANTE PIEZA JURIDICA (y no es un Chiste)


SENTENCIA CATEGÓRICA

Recientemente la Cámara Civil y Comercial Federal, Causa 2052/99, confirmó un fallo por el que con motivo de un tiroteo entre la Policía Federal y dos delincuentes sorprendidos "in fraganti" cuando asaltaban un garaje, se produjo la muerte de un delincuente.

La sentencia establece que el Estado además de las costas, debe resarcir el daño moral a la viuda y a los 3 hijos del delincuente abatido, por un total de $ 125.000 más intereses, ya que "delincuente o no" la víctima era esposo y padre, y que su familia ha debido experimentar un dolor moral por su pérdida, dolor que debe resarcirse.

DEDUCCIÓN:
Si se roba impunemente puede disfrutar (el ladrón) del botín; si es herido por la víctima al defenderse, o por la policía, tendrá resarcimiento por incapacidad laboral temporaria y si muere, le queda la indemnización a su viuda e hijos en una cantidad mayor a la que paga la ART a un trabajador.
Sería conveniente que se inscriban como monotributista al menos.

En ARGENTINA ser delincuente es buen negocio, de una manera u otra, el delincuente siempre logra su botín, de su víctima o del Estado (o sea nosotros)...
Y según el tango:"Cambalache"... "Hoy resulta que es lo mismo ser derecho que traidor, ignorante, sabio, chorro, generoso o estafador..." ó era nuestro Himno Nacional... (creo que nada nos representa mejor)

Indignante, no?
Debe ser un caso único en el mundo... sin lugar a dudas.
Espero que algún día los Jueces paguen de su bolsillo este tipo de sentencias... que cada vez son más comunes...

Podríamos rebautizar sin remordimiento al tercer poder con su nombre correcto = "JODER JUDICIAL".

SEPAMOS QUIÉNES INTEGRAN LA CAMARA

Sala Civil y Comercial Federal I Presidente Dr. De Las Carreras, Francisco
Juez Dr. Farrell, Martin Diego
Juez Dra. Najurieta, Maria Susana
Secretario Dra. Lagomarsino María Alejandra
Secretario Dr. Carrió Diego Marcelo
Prosecretario Dr. Baistrocchi Silvio Jose
Prosecretario Dra. Pico, Magdalena
Sala Civil y Comercial Federal II
Presidente Dr. Guarinoni, Ricardo Victor
Juez Dr. Vocos Conesa, Eduardo Javier
Juez Dr. Gusman, Alfredo Silveiro
Secretario Dr. Ratto, Eduardo Nestor
Secretario Dr. Lupacchini Damián Augusto
Prosecretario Dr. Gavalda, Juan Martin
Prosecretario Dr. España Hernán
Prosecretario Dra. Gerard, Renee Monica
Sala Civil y Comercial Federal III
Presidente Dr. Antelo, Guillermo Alberto
Juez Dr. Recondo, Ricardo Gustavo
Juez Dra. Medina, Graciela
Secretario Dr. Petre Carlos Alberto
Secretario Dr. Lopez Pereyra, Francisco
Secretario Dra. Barbado Patricia Bibiana
Prosecretario Dra. Sciarretta María Andrea
Prosecretario Dr. De Arrascaeta, Arturo

7/13/2009

APRIETES AL SEMANARIO EL DÍA


El responsable de la edición de El Día de Concepción del Uruguay denunció en ese medio -tras las elecciones- que dos hombres de confianza del vicegobernador José Lauritto protagonizaron un “apriete” a periodistas en la redacción. Ni desde la Vicegobernación ni desde el entorno del mandatario hubo respuesta a las acusaciones.

Mas información en la Web del Miércoles Digital y www.eldiadeuruguay.com.ar

7/10/2009

Emergencia sanitaria: se flexibilizaron medidas


Se realizó este viernes la segunda reunión del Comité de Emergencia formado en virtud de la Gripe A, encuentro durante el cual se analizó la evolución de la situación epidemiológica.

Inicialmente el comité brindó un panorama actualizado y escuchó las inquietudes de sectores involucrados en la emergencia, con el fin de ser consideradas en las nuevas disposiciones.
Se recalcó el efecto positivo de las medidas adoptadas y la necesidad de intensificar las medidas sanitarias preventivas, fundamentalmente en base a la concientización generalizada, lo que permitirá ir flexibilizando paulatinamente las restricciones en la ciudad.
En base a este análisis, el comité sugirió al Departamento Ejecutivo Municipal diversas recomendaciones que derivaron en el Decreto Nº 22.104. El mismo adhiere a la Resolución Nº 2.403 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia, además de mantener la emergencia sanitaria y el receso en la administración pública municipal hasta el viernes 17 de julio, extendiendo el período que en el decreto anterior había sido establecido hasta el 13 de julio.
La flexibilización de medidas incluye la autorización para realizar eventos públicos y privados al aire libre y sin concentración de personas. También incluye la habilitación de clubes, gimnasios, natatorios y locales de recreación, cines, teatros y casinos, templos o locales de oficios religiosos de cualquier credo, donde se podrán desarrollar actividades al 50% de la capacidad de sus instalaciones, de manera que los asistentes mantengan una distancia mayor a la normal, evitando además el uso de vestuarios y recomendando las medidas preventivas.
El Decreto también habilita el funcionamiento de cybers, debiendo asegurarse la ventilación permanente, sólo una persona por máquina y la permanencia únicamente de las personas que utilizan las computadoras.
Para el resto de los rubros se mantienen las medidas establecidas en el Decreto Nº 22.099, continuando suspendidas las actividades en boliches, salones de fiestas, restaurantes o parrillas con espectáculos, whiskerías, locales de entretenimientos electrónicos, peloteros y jardines maternales. En pizzerías, restaurantes, pubs y parrillas sin espectáculos en vivo, continúa permitida la actividad al 50 %.
El Decreto también establece que el Comité de Emergencia volverá a reunirse el 16 de julio, a las 10.00 en la Secretaría de Salud y Medio Ambiente a fin de evaluar la situación epidemiológica y recomendar los pasos a seguir.

Se reproduce textualmente a continuación el Decreto:

D E C R E T O N°_ 2 2 . 1 0 4

Concepción del Uruguay, 10 de julio de 2009.

Visto:
El Decreto Nº 22.099 de este Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 03 de julio de 2009; y,

Considerando:

Que debido a la grave situación de riesgo en la salud pública provocada por la denominada Gripe A (Influenza H1N1) se declaró la emergencia sanitaria en toda la jurisdicción de la ciudad de Concepción del Uruguay por un término de diez (10) días a partir del 04 de julio de 2009.-

Que entre otras medidas complementarias dispuestas para el periodo de la emergencia sanitaria se dispuso: receso administrativo de la administración pública municipal con prestación de los servicios públicos esenciales, la suspensión de los eventos públicos y privados que impliquen la concentración de personas, en especial las desarrolladas en los locales de esparcimiento comprendidas en el artículo 1º de la Ordenanza N° 7296 como actividades tipo “A”, “B”, “D” y “E”; institutos de enseñanza privados; locales de juegos infantiles, peloteros y/o salones de fiestas; jardines maternales; clubes, gimnasios, natatorios y/o locales de recreación; centros comunitarios de esparcimiento; cines, teatros, casinos; templos o locales de actividades religiosas; etc., limitándose también la capacidad de los locales en que se desarrollan actividades de Tipo “C” de la norma citada, posibilitando su actividad al cincuenta por ciento de su capacidad.-

Que tanto la declaración de emergencia sanitaria como las medidas adoptadas en consecuencia tienen como antecedentes: la declaración de pandemia con nivel de alerta 6 efectuada por la Organización Mundial de la Salud en fecha 17 de junio de 2009, la declaración de emergencia sanitaria en nuestra provincia establecida por Decreto Provincial Nº 2640 de fecha 02 de julio de 2009, la ratificación total o parcial que de dicha norma provincial realizaron otros municipios entrerrianos y las recomendaciones efectuadas a este Departamento Ejecutivo Municipal por el Comité de Crisis Municipal en fecha 03 de julio de 2009, con participación de las diferentes instituciones del
área de la salud de nuestra ciudad, el cual aconsejó el periodo de emergencia y sus condiciones sin perjuicio de la posibilidad de su prórroga si las circunstancias así lo ameritan.-

Que el Decreto Municipal Nº 22.099 fue ratificado por Ordenanza Nº 8625, de fecha 06 de julio de 2009 en sesión especial del Honorable Concejo Deliberante convocada a tal efecto para esa fecha.-

Que el Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Entre Ríos, por Resolución Nº 2403 de fecha 09 de julio de 2009 en cuyos considerandos expresa que se ha logrado en el territorio provincial una disminución de la transmisibilidad del virus y de las consultas debido a lo acertado y oportunas de las medidas sanitarias adoptadas y, en virtud de ello, aconseja mantener la suspensión de las actividades que impliquen concentración especialmente de jóvenes en espacios cerrados y recomendar a los municipios la flexibilización de las medidas sanitarias dictadas en el marco de la emergencia para lo cual resuelve: aconsejar el desarrollo de actividades al aire libre “respetando las condiciones de distanciamiento social y las medidas de higiene y profilaxis” para evitar la transmisión del virus Influenza A (H1N1), recomendar el desarrollo de actividades termales al aire libre al 50% de su capacidad, aconsejar el desarrollo de actividades religiosas al aire libre y las desarrolladas en lugares cerrados con poca congregación de personas, recomendar a los titulares de bares, restaurantes y afines una ocupación máxima de sus locales del 50%, aconsejar la realización de actividades deportivas al aire libre y en lugares cerrados de poca concentración de personas tomando los recaudos sanitarios del caso, aconsejar a los titulares de gimnasios que desarrollen su actividad con el 50% de su capacidad, recomendar al I.A.F.A.S. que los casinos y salas de juego continúen cerrados hasta el día 12 de julio inclusive y que a partir del día siguiente trabajen al 50% de su capacidad de ocupación, instar a los organismos de transporte a que verifiquen el estricto cumplimientos de las medidas de higiene, profilaxis y de distanciamiento social recomendadas, aconsejar a la población la no realización de fiestas y/o eventos privados que impliquen concentración masiva de personas, e invitar a los municipios a adherir a la resolución ministerial recomendando su efectivo cumplimiento en resguardo de la población.-

Que en el día de la fecha el Comité de Crisis Municipal, con participación de representantes del Hospital de Zona Justo José de Urquiza, la Cruz Roja, la Junta de Defensa Civil, la Secretaría de de Salud y Medio Ambiente Municipal, la Universidad de Concepción del Uruguay, la Facultad de Ciencias de la Salud de la U.N.E.R., representantes de Honorable Concejo Deliberante y el Consejo Departamental de Escuelas suscribió un documento por el cual recomienda a este Departamento Ejecutivo Municipal la cual recomienda: a) Adherir a la Resolución Nº 2403 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia; b) Asegurar el cumplimiento de los servicios esenciales dependientes de la Municipalidad; c) Permitir el funcionamiento de cybers con recomendación de medidas de higiene; d) Permitir el funcionamiento de institutos de enseñanza privados cumpliendo con las normas de higiene recomendadas por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente; e) Permitir que clubes, gimnasios y natatorios cerrados funcionen al 50% de su capacidad, evitando el uso de vestuarios; y los que funcionen al aire libre y sin espectadores permitirlos en su totalidad; f) Permitir ceremonias religiosas al aire libre; g) Permitir el funcionamiento de cines, teatros y casinos al 50% de su capacidad; h) los permisos sugeridos deberán cumplirse conservando las restricciones y recomendaciones establecidas por el Decreto Nº 22.099.-

Que es obligación del estado el velar por la salud pública tomando las medidas sanitarias necesarias y los recaudos tendientes a producir la menor incidencia posible en el normal desarrollo de las actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas y económicas.-
Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
D E C R E T A:

Art. 1º: Adherir a la Resolución Nº 2403 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Entre Ríos de fecha 09 de julio de 2009.-

Art. 2º: Modificar el art. 1º del Decreto Nº 22.099 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Declarar la emergencia sanitaria en toda la jurisdicción de la ciudad de Concepción del Uruguay desde la hora cero del día 04 de julio de 2009 y por un término de catorce (14) días”.-

Art. 3º: Modificar el art. 5º del Decreto Nº 22.099 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Suspender durante el
periodo de la emergencia sanitaria la realización de eventos públicos y privados, sean deportivos, sociales y/o culturales, que impliquen la concentración de personas y no se desarrollen al aire libre”.

Art. 4°: Modificar el art. 6º del Decreto Nº 22.099 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Determinar que la suspensión de actividades establecida en el artículo anterior comprenderá, en especial y sin perjuicio de no ser una enumeración taxativa, a las desarrolladas en los siguientes lugares:

a) Locales de esparcimiento nocturno comprendidas en el artículo 1º de la Ordenanza N° 7296 como actividades tipo “A”, “B”, “D” y “E”, a saber: boliches, discos, salones de baile, confitería bailables, pubs bailables, bailantas, dancing clubs, night clubs, cafés concert, pubs, piano-bares, cafés-bares, restaurantes o parrillas con espectáculos en vivo, patios cerveceros, clubes nocturnos, cabarets, whiskerías, locales de entretenimientos accionados por medio de máquinas eléctricas, electrónicas o electromecánicas de audio o TV, salas de video, juegos electrónicos y/o similares y toda otra actividad similar con cualquier otra denominación popular que las identifique.-
b) Locales de juegos infantiles, peloteros y/o salones de fiestas;
c) Jardines maternales”.-

Art. 5°: Modificar el art. 7º del Decreto Nº 22.099 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Los locales en donde se desarrollen: a) las actividades de Tipo “C” del art. 1º de la Ordenanza N° 7296, a saber: locales con expendio de bebidas, comidas o refrigerios, cafés, restaurantes, pizzerías, rotiserías, grills, Fast-food, heladerías, casas de comidas, salones de té, parrillas, todos ellos sin pista de baile y sin espectáculos en vivo; b) Clubes, gimnasios, natatorios y/o locales de recreación; c) Cines, teatros y/o casinos; d) Templos o locales en donde se desarrollen oficios o ceremonias religiosas de cualquier tipo o credo; podrán desarrollar sus actividades al 50% de la capacidad de sus locales y/o instalaciones de manera que las personas que concurran queden a una distancia entre sí mayor que la normal, evitando el uso de vestuarios en los casos de las actividades previstas en el inciso “b”, extremando en todos los casos las medidas de prevención e higiene recomendadas por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente Municipal”.-

Art. 6º: Los locales que desarrollen la actividad de Cybers y/o similares deberán extremar las medidas de higiene y profilaxis, debiendo asegurar la ventilación permanente del lugar y permitir la permanencia en el local solamente de las personas que estén haciendo uso de las computadoras, no pudiendo ser más de una por máquina y/o box.-

Art. 7º: Convocar al Comité de Crisis para el día 16 de julio del corriente año a la hora 10:00 para que se constituya en la
oficina de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente Municipal a fin de evaluar la situación epidemiológica actualizada y aconsejar al Departamento Ejecutivo Municipal los pasos a seguir.-

Art. 8°: Elevar el presente al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación.-

Art. 9º: Refrenda el presente el Sr. Secretario de Salud y Medio Ambiente.-

Art. 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

MARCELO FABIÁN BISOGNI
Presidente Municipal

SERGIO BERTELOTTI
Sec. de Salud y Medio Ambiente
(Lt11.net)

7/08/2009

EX-TERMINAL


EL LAMENTABLE ESTADO DE LO QUE FUERA EL HOTEL DE LA TERMINAL. MONUMENTO A LA DESIDIA DE LA ACTUAL GESTION MUNICIPAL. QUE ESTA EN JUICIO, QUE NO SE PUEDE , QUE CARROZO....BLA BLA BBLA
LO QUE ES SEGURO ES LA PESIMA IMAGEN QUE DA LO QUE ERA EL LOBBY DEL HOTEL O LO QUE ERA LA CONFITERIA. HOY DEVENIDO EN HOGAR DE RATAS Y MUGRE QUE SOLO LE HACEN UN FAVOR A LAS GRIPES Y VIRUS DE MODA, DENGUE O AHORA LA GRIPE A.
"NUESTRA SOLIDARIDAD AL PERSONAL MUNICIPAL DE LA TERMINAL QUE TIENE QUE CONVIVIR CON TODA ESTA TRISTE REALIDAD."

A LA CARGA NUEVAMENTE



Después de un tiempo, la Asociación de Obreros y Empleados Municipales (AOEM) volvió a la carga contra la gestión del intendente Marcelo Bisogni. Le reclaman “la recomposición salarial y la culminación de los puntos que aún no han tenido resolución favorable de acuerdo al acta convenio del 14 de abril”.
Además, pide “una consideración especial” al personal que no está alcanzado por el Decreto 22.099.

Desde el sindicato municipal confirmaron que este martes le entregó a Bisogni un expediente en donde solicita y sugiere que "a todo el personal que no está alcanzado por el Decreto 22.099, de emergencia sanitaria, tenga una consideración especial en cuanto a los elementos de limpieza, prevención, capacitación, entrega de ropa de trabajo y de elementos de bioseguridad para combatir la gripe A H1N1 que nos aqueja todos". "Así como también se les considere administrativamente a todos ellos que son casi un centenar".

También se informó a sus afiliados que "se está a la espera de la firma del convenio de la Comuna con el banco Bersa, y de acuerdo a los alcances del mismo se tomarán las decisiones que corresponden, más aún si se ha tomado debida nota de los pedidos que se le realizó a la patronal de acuerdo a la línea de crédito y atención en general de la entidad para con los municipales".

Por otra parte, la AOEM advirtió en un comunicado enviado a Miércoles Digital que "a partir de este mes -y más allá de la coyuntura sanitaria- se le solicita formalmente al DEM (Departamento Ejecutivo Municipal) la recomposición salarial y la culminación de los puntos que aun no han tenido resolución favorable de acuerdo a acta convenio del 14 de abril pasado".
Para este miércoles a las 10, en la sede gremial de Mitre y Maipú están citados todos los delegados de sector para una reunión informativa. Finalmente, desde el sindicato informaron que se atienden los servicios de manera normal.

(Miércoles Digital))

7/03/2009

GRIPE A (N1-H1)

Se intensifican las medidas preventivas en áreas municipales
Como parte de las disposiciones del Municipio para prevenir el contagio de la Gripe A, ya cuenta con barbijo, guantes y alcohol en gel el personal de todos los Centros Municipales de Salud, dada la disposición municipal de dotar de elementos preventivos a todos los empleados que mantienen del servicio sanitario
Tambien para tener en cuenta......




Decreto Nº 22.099

Se realizó este viernes una reunión del comité de crisis, en forma ampliada, encuentro durante el cual se consensuaron los aspectos que fueron aconsejados al Departamento Ejecutivo para el dictado del decreto municipal Nº 22.099, que declara la emergencia sanitaria en toda la jurisdicción de nuestra ciudad desde la hora 0.00 del 4 de julio, por un término de diez días.
Entre los fundamentos del decreto se atiende a la recomendación del comité para establecer la emergencia por diez días, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga si las circunstancias lo ameritan, disponiendo el cierre de todo espacio público y privado que genere concentarción de personas. El artículo 5º suspende la realización de eventos públicos y privados, sean deportivos, sociales y/o culturales, que impliquen la concentración de personas, facilitando el contagio de la Gripe A.

El mismo dice:

D E C R E T O N°_ 2 2 .0 9 9


Concepción del Uruguay, 3 de julio de 2009.-


Visto:
La grave situación de riesgo en la salud pública provocada por la denominada Gripe A (Influenza H1N1); y,

Considerando:
Que dicho virus es una variante de la cepa H1N1 con material genético proveniente de una cepa aviaria, dos cepas porcinas y una humana que sufrió una mutación y dio un salto entre especies, de los cerdos a los humanos, y contagiándose, luego, de persona a persona.-

Que debido a la alta transmisibilidad de la enfermedad ésta se ha propagado por un número tal de países a nivel mundial que provocó que la Organización Mundial de la Salud, atento a su extensión geográfica, declarara una pandemia de nivel de alerta 6, en fecha 17 de junio de 2009.-

Que en nuestro país se han detectado numerosos casos de la enfermedad incluso con pacientes que luego fallecieron, hechos que provocaron la toma de medidas sanitarias por los diferentes estamentos estatales.-

Que el día 02 de julio de 2009 el ejecutivo provincial sancionó el Decreto Nº 2640 por el cual se declara la emergencia sanitaria en todo el territorio de la provincia por un término de treinta días.-

Que dicha norma provincial establece, entre otras medidas, el receso en la administración pública provincial, la suspensión de todas la actividades que impliquen concentración de personas que puedan propiciar la transmisibilidad de la
enfermedad y la obligación de los municipios entrerrianos de dictar las normas correspondientes para la implementación de dichas medidas.-

Que otros municipios de la provincia, como el de Colón, Villa Elisa, San José, Gualeguaychú, etc. ya han sancionado normas relativas a la situación de crisis planteada adhiriendo total o parcialmente a las medidas adoptadas por el gobierno provincial.-

Que en el día de la fecha el Comité de Crisis Municipal, con concurrencia de representantes del Hospital de Zona Justo José de Urquiza, el Círculo Médico, la Cruz Roja, la Red Solidaria, la Junta de Defensa Civil, la Secretaría de de Salud y Medio Ambiente Municipal y la Universidad de Concepción del Uruguay, suscribió un documento por el cual recomienda a este Departamento Ejecutivo Municipal la declaración de la emergencia sanitaria dentro de la jurisdicción municipal por el término de diez días, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga del periodo si las circunstancias así lo ameritan, disponiendo el cierre de todo espacio público y privado que genere la concentración de personas a fin de evitar la propagación de la enfermedad, actividades deportivas, culturales, sociales, recreativas, etc.-

Que el estado debe velar por la salud de la población, siendo éste uno de sus fines fundamentales e ineludibles, propiciando la toma de medidas adecuadas según las necesidades y circunstancias de los diferentes casos.-

Que este Departamento Ejecutivo entiende que toda la sociedad debe aunar esfuerzos para superar esta crisis teniendo presente que algunos sectores se verán resentidos más
que otros atento a la actividad desarrollada pero sin perder de vista que la salud pública se encuentra por sobre todas las demás garantías y que el interés general prevalece sobre el particular.-
Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
D E C R E T A:

Art. 1º: Declarar la emergencia sanitaria en toda la jurisdicción de la ciudad de Concepción del Uruguay desde la hora cero del día 04 de julio de 2009 y por un término de diez (10) días.-.

Art. 2º: Establecer receso administrativo en el ámbito de la administración pública municipal durante el periodo de la emergencia sanitaria establecida en el artículo anterior. Dicho receso no será computado a cuenta de la licencia anual ordinaria del personal municipal. Sin perjuicio de ello, se garantizará la prestación de los servicios públicos esenciales en la forma que lo dispongan los funcionarios de las diferentes áreas.-

Art. 3º: Los plazos procesales correspondientes a los expedientes administrativos municipales quedarán suspendidos por el término de vigencia de la emergencia sanitaria.-

Art. 4º: Los vencimientos de las obligaciones tributarias municipales comprendidos en el periodo de receso administrativo no sufrirán modificación alguna por lo cual vencerán indefectiblemente en la fecha determinada por el Decreto de vencimientos tributarios del año 2009.-

Art. 5°: Suspender durante el periodo de la emergencia sanitaria la realización de eventos públicos y privados, sean deportivos,
sociales y/o culturales, que impliquen la concentración de personas facilitando el contagio de la denominada Gripe A (Influenza H1N1).-

Art. 6°: Determinar que la suspensión de actividades establecida en el artículo anterior comprenderá, en especial y sin perjuicio de no ser una enumeración taxativa, a las desarrolladas en los siguientes lugares:
a) Locales de esparcimiento nocturno comprendidas en el artículo 1º de la Ordenanza N° 7296 como actividades tipo “A”, “B”, “D” y “E”, a saber: boliches, discos, salones de baile, confitería bailables, pubs bailables, bailantas, dancing clubs, night clubs, cafés concert, pubs, piano-bares, cafés-bares, restaurantes o parrillas con espectáculos en vivo, patios cerveceros, clubes nocturnos, cabarets, whiskerías, locales de entretenimientos accionados por medio de máquinas eléctricas, electrónicas o electromecánicas de audio o TV, Cibers, salas de video, juegos electrónicos y/o similares y toda otra actividad similar con cualquier otra denominación popular que las identifique.-
b) Institutos de enseñanza privados (idiomas, computación, danzas, pintura, artes plásticas, música, etc.);
c) Locales de juegos infantiles, peloteros y/o salones de fiestas;
d) Jardines maternales;
e) Clubes, gimnasios, natatorios y/o locales de recreación;
f) Centros comunitarios de esparcimiento;
g) Cines, teatros, casinos; etc.-
h) Templos o locales en donde se desarrollen oficios o ceremonias religiosas de cualquier tipo o credo.-

Art. 7°: Los locales en donde se desarrollen las actividades de Tipo “C” del art. 1º de la Ordenanza N° 7296, a saber: locales con expendio de bebidas, comidas o refrigerios, cafés, restaurantes, pizzerías, rotiserías, grills, Fast-food, heladerías, casas de comidas, salones de té, parrillas, todos ellos sin pista de baile y sin espectáculos en vivo, podrán desarrollar las mismas al 50% de la capacidad permitida de manera que las mesas y personas que concurran queden a una distancia entre sí mayor que la normal.-

Art. 8°: Las oficinas y/o locales que permanezcan abiertos al público deberán extremar los cuidados ejercitando las medidas preventivas establecidas por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente Municipal debiendo tener a disposición del público concurrente medios de aseo para manos.-

Art. 9: Los infractores de la presente norma serán pasibles de las sanciones previstas por la Ordenanza N° 2726 para las faltas contra la salud pública sin perjuicio de la clausura preventiva que pueda llevar a cabo la autoridad de contralor.-

Art. 10°: Disponer que la Secretaría de Gobierno solicite formalmente cooperación a la Jefatura Departamental de la Provincia de Entre Ríos a fin de que se colabore en la constatación de infracciones a la presente norma y tome los recaudos necesarios para no permitir aglomeraciones de personas en los espacios públicos de la ciudad y, en su caso, procedan a la dispersión correspondiente.-

Art. 11º: Dar publicidad de la presente en los diferentes medios de prensa locales solicitando a la población la colaboración con la prevención de la enfermedad adoptando las diferentes prácticas sugeridas por los organismos de salubridad.-

Art. 12º: Disponer que la Secretaría de Desarrollo Social arbitre los medios necesarios para que las personas con asistencia alimentaria de la comuna no se vean privada de la misma con motivo de las disposiciones del presente.-

Art. 13°: Facultar a la Secretaría de Coordinación General a otorgar licencias especiales con goce de sueldo a grupos de riesgo que establezca la Secretaría de Salud y Medio Ambiente Municipal, y previa presentación de la certificación médica correspondiente.-

Art. 14º: Convocar al Comité de Crisis para el día 10 de julio del corriente año a la hora 10:00 para que se constituya en la oficina de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente Municipal a fin de evaluar la situación epidemiológica actualizada y aconsejar al Departamento Ejecutivo Municipal los pasos a seguir.-

Art. 15°: Elevar el presente al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación.-

Art. 16º: Refrenda el presente el Sr. Secretario de Salud y Medio Ambiente.-

Art. 17°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


MARCELO FABIÁN BISOGNI
Presidente Municipal

SERGIO BERTELOTTI
Sec. de Salud y Medio Ambiente

COMUNICADO AOEM

EL SINDICATO MUNICIPAL DIO INTRUCCIONES A EL MIEMBRO DE LA CD DE LA AOEM, GASTON ARANDA, QUIEN ADEMAS SE ENCUENTRA AL FRENTE DE LA DIVISION DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL EN NUESTRA COMUNA PARA QUE ENTABLE DIRECTA RELACION CON LA COMISION DE CRISIS POR LA GRIPE A EN CIUDAD, Y ASI ATENDER EN FORMA DIRECTA AREAS SENSIBLES, A SABER, TERMINAL DE OMNIBUS-TURISMO-BIENESTAR SOCIAL-CENTROS DE SALUD Y GERIATRICO, ETC. A FIN DE INTERIORIZAR Y PRESERVAR AL PERSONAL TANTO COMO A LOS CIUDADANOS DE NUESTRA CIUDAD. DE ESTA MANERA LA AOEM SE ADELANTA A LA CONVOCATORIA LOCAL, PARA NO TENER QUE SER BLANCO DE LA INDIFERENCIA DEL DEM COMO OCURRIO CON LA COMISION DE CRISIS DEL DENGUE DONDE NOS FUIMOS TENIDOS EN CUENTA PARA NADA. CABE ACOTAR QUE DIFERENTES FUNCIONARIOS, ENTRE ELLOS EL DE TURISMO, SEMANAS ATRAS FUE ADVERTIDO DE LO QUE HOY ESTA PASANDO Y AUN ESPERAMOS UNA POLITICA EN SALUD PARA LOS EMPLEADOS Y NUESTRO PUEBLO.

Mario Barberan
Secretario Gral AOEM